SEGURO CONTRA ACCIDENTES
Sabemos que su familia es lo más importante para usted y por ello le ofrecemos el Seguro que le permitirá protegerla económicamente en caso usted sufra un accidente.
El seguro de Accidentes Personales lo cubre:
• En cualquier lugar del mundo.
• Las 24 horas del día y durante todo el año.
• Contra cualquier hecho fortuito que le pueda suceder durante las actividades de su vida privada y profesional.
• Accidentes que sobrevengan a causa de huelga, motín, conmoción civil, tumultos populares, insurrección, rebelión, vandalismo y terrorismo.
Coberturas
- Muerte por Accidente
Se indemniza a los benficiarios declarados si, a causa de un accidente cubierto por póliza, el asegurado fallece.
- Invalidez Permanente Total por Accidente
Se indemniza al asegurado si éste, a causa de un accidente especificado en la póliza, queda total y permanentemente incapacitado para realizar cualquier trabajo u ocupación.
Tal es el caso de la fractura de la columna vertebral, pérdida total de ambos ojos, pérdida completa de los dos brazos, de ambas manos, de las piernas, ambos pies u otros detallados en la póliza.
- Invalidez Permanente Parcial por Accidente
Si perdiese usted algún miembro, esta cobertura le indemnizará un porcentaje calculado sobre la suma asegurada, de acuerdo con la tabla de invalidez de la póliza.
- Gastos de Sepelio
En caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un accidente cubierto por la póliza, asumiremos los gastos incurridos.
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Gastos de Curación
Se indemniza los gastos de curación incurridos como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
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Asistencia en Viaje
Acompañamos a nuestros asegurados en sus viajes en el Perú y en el extranjero. Con sólo una llamada se atenderán los siguientes beneficios las 24 horas:
• Evacuación o repatriación sanitaria aérea o terrestre como consecuencia de accidente.
• Traslado en ambulancia hasta la clínica más cercana.
• Gastos de envío de medicamentos.
• Prolongación de la estancia del asegurado a consecuencia del tratamiento por la dolencia.
• Desplazamiento y alojamiento.
• Servicio de custodia a menores.
• Trasmisión de mensajes urgentes a los familiares.
• Traslado de los restos mortales.
• Beneficios válidos por treinta (30) días de viaje fuera de la ciudad de residencia.
Exclusiones
• Personas afectadas de incapacidad física grave como ceguera, sordera, parálisis, apoplejía u otras incapacidades físicas que agraven el riesgo.
• Cualquier enfermedad corporal o mental o tratamientos médicos quirúrgicos que no sean motivados por accidentes amparados por la póliza.
• Accidentes médicos como: Apoplejías, infartos al miocardio, trombosis, ataques epilépticos u otros análogos.
• Accidentes ocurridos bajo la influencia de bebidas con contenido alcohólico o drogas.
• Actos voluntarios del Asegurado contra sí mismo, incluyendo suicidio o tentativa de suicidio.
• Accidentes por la ignición de cualquier combustible nuclear.
• Accidentes en práctica de actividades o deportes que no guarden relación con la ocupación declarada como: participación en carreras de automóviles u otro vehículo, corridas de toros, alpinismo, andinismo, pesca submarina, parapente, artes marciales en general, ala delta y otros similares.
• Hernias, enredamientos intestinales.
• Intoxicación por ingestión de alimentos y bebidas.
• Consecuencias no accidentales de embarazos o partos.
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