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Salvamento
Se denomina así al hecho, tanto de procurar evitación de los daños durante el siniestro, como los de los objetos, después de ocurrido, que hayan resultados indemnes.

Seguro
Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente, en parte o en su totalidad las consecuencias. El seguro no evita el riesgo, resarce al asegurado en la medida de lo convenido, de los efectos dañosos que el siniestro provoca.


Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
En virtud de este seguro el asegurador se compromete a pagar al trabajador o a sus beneficiarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, Ley N° 26790, una renta mensual vitalicia o temporal según corresponda.

Seguro Comprensivo contra Deshonestidad (3D)
Cubre bajo cinco convenios:

Convenio I - Deshonestidad de empleados.
Convenio II - Pérdidas de dinero y/o valores dentro del local.
Convenio III - Pérdidas de dinero y/o valores fuera del local.
Convenio IV - Falsificación de giros postales, libranza, papel moneda.
Convenio V - Falsificación de documentos bancarios.

Se puede otorgar adicionalmente el Riesgo de "Robo con fractura y/o Asalto de Activo Fijo y Existencias a Primer Riesgo".

Seguro de Accidentes Personales
Ampara a las personas aseguradas, frente a los riesgos de muerte y lesiones corporales a consecuencia de un accidente.

Seguro de Automóviles
Es aquél que tiene por objeto amparar las pérdidas que pudieran ocasionarse parcial o totalmente al vehículo, por siniestros producidos a consecuencia de accidentes en la circulación, robo, motín y disturbios callejeros, entre otras coberturas. Además de la Responsabilidad Civil, en que incurra de acuerdo con la ley a consecuencia de un accidente.

Seguro de Aviación
La póliza de seguro de aviación proporciona la cobertura adecuada a los riesgos inherentes a la actividad de la aeronavegación, en todas sus facetas.


Seguro de Bancos (B.B.B.) - (Bankers Blanket Bond).

Diseñada especialmente para el sector financiero, este seguro especializado cubre:

Deshonestidad (Infidelidad): Pérdidas sustentadas por el asegurado por razón de actos deshonestos o fraudulentos por parte de empleados y/o directores asalariados.
Locales: Pérdida o daños a los bienes del asegurado por cualquier motivo mientras se encuentren en los locales tanto del banco mismo como en otros lugares. Cubre también pérdidas de bienes de los clientes del banco por cualquier motivo, mientras el cliente se encuentre dentro de los locales del banco con el propósito de realizar negocios.
Tránsito: Cubre pérdida por cualquier motivo de la propiedad definida como tal, que esté en tránsito en cualquier lugar con un mensajero propio.
Cheques falsificados: Cubre pérdida a raíz de falsificación o adulteración de cheques, giros y ciertos otros instrumentos de índole monetario. Valores y otros falsificados.- Cubre falsificación de valores, títulos o documentos similares.

Seguro de Calderas
El seguro de Calderas cubre: los daños que puedan sufrir tanto las propias calderas o recipiente de presión a consecuencia de su explosión o avería como otros bienes del asegurado que pudieran igualmente verse afectado, así como la responsabilidad civil ante terceros que pudiera derivarse de dichos accidentes.

Seguro de Cascos Marítimos
Las embarcaciones se cubren básicamente por su pérdida total como consecuencia de hundimiento, naufragio, varadura, choque o incendio, así como la contribución a la avería gruesa, y se puede incluir los riesgos de guerra y huelgas, así como la responsabilidad civil por colisión con otra embarcación. Esta cobertura básica se puede ampliar a la de "Libre de Avería Particular", con "Avería Particular" y "Todo Riesgo", de acuerdo con las cláusulas del Instituto de Londres o las americanas.

Seguro de Caución
Llamado también seguro de fianza. Dos aplicaciones muy frecuentes de este tipo de seguro lo son la garantía de las fianzas que deben constituirse a favor de los organismos públicos para licitar y ejecutar obras públicas, y el afianzamiento de las cantidades anticipadas para la construcción de obras, mediante la cual la aseguradora indemnizará al asegurado ante la eventualidad que el tomador incumpla sus obligaciones legales y/o contractuales.

Seguro de Crédito a la Exportación
Cubre los créditos otorgados por instituciones financieras y bancarias para financiar las exportaciones, así como los otorgados por los exportadores por los riesgos comerciales y políticos.

Seguro de Desgravamen
Aquel en que el asegurador se compromete a pagar al acreedor beneficiario el saldo insoluto de la deuda indicada en el contrato que se encuentre pendiente a la muerte del deudor asegurado. También hay la posibilidad de contratar el seguro por el valor total de la deuda.

Seguro de Deshonestidad
El objeto de este seguro es amparar las pérdidas que se sufra la empresa como consecuencia de fraudes cometidos por sus empleados.

Seguro de Equipo Electrónico
Póliza diseñada especialmente para amparar las pérdidas o daños que se causen a los equipos eléctricos y/o electrónicos. Se incluyen daños causados por defectos de construcción o montaje, errores de manejo, cortocircuito, rotura por fuerza centrífuga y explosión entre otros.

Seguro de Incendio
Cubre los daños ocasionados directamente por incendio, terremoto, daño malicioso, vandalismo, terrorismo, huelga, conmoción civil, lluvia e inundación, impacto de vehículos y daño por agua entre otros.

Esta póliza tiene como base las declaraciones efectuadas por el asegurado, las cuales se consideran incorporadas en su totalidad a la póliza, junto con cualquier declaración adicional efectuada por el asegurado durante el proceso de apreciación del riesgo por parte de la compañía. El rubro de incendio es bastante amplio y cubre cualquier daño causado al patrimonio de la empresa. Para esto se contratan diferentes sublímites, los cuales tienen un costo adicional.

Seguro de Lucro Cesante
Cubre las perdidas por la interrupción del negocio como consecuencia de un evento amparado en una póliza relacionada.

Seguro de Ramos Técnicos
Llamados también Seguros de Ingeniería, son los siguientes:

Todo Riesgo para Contratistas (C.A.R.)
Todo Riesgo para Montaje y (E.A.R.)
Rotura de Maquinaria
Todo Riesgo Equipo de Contratistas (T.R.E.C.)
Todo Riesgo de Equipo Electrónico (T.R.E.E.)
Obras Civiles Terminales
Pérdida de Beneficios por Rotura de Maquinaria.

Seguro de Responsabilidad Civil
Aquel en que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado el daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas por las cuales él responda civilmente.

A continuación describimos las principales cláusulas de este ramo. Existen muchas más específicas que van de acuerdo al giro del negocio. Responsabilidad Civil Contractual:

Esta cobertura se extiende a cubrir la suma que el asegurado por motivo de haber asumido una responsabilidad por cualquier contrato o convenio sea obligado legalmente a pagar como indemnización por daños corporales a terceros y/o daños a la propiedad de los mismos.

Responsabilidad Civil Extracontractual:

Esta cobertura tiene un propósito eminentemente mercantil y se extiende a cubrir toda responsabilidad extracontractual en que pueda incurrir el asegurado frente a terceros, de acuerdo con los límites estipulados en el contrato, siempre y cuando el daño no provenga de los riesgos expresamente excluidos de la póliza en cuanto se encuentre vigente.

Responsabilidad Civil Patronal:

Cubre los reclamos que interpongan contra el asegurado cualquier miembro del personal del trabajo que figure en sus planillas, por lesiones personales sufridas como consecuencia directa e inmediata de los accidentes que ocurran en la explotación del negocio y que encontrándose amparados por la ley de Accidentes de Trabajo, pudieran motivar una reclamación adicional a las establecidas por la indicada Ley de Accidentes de Trabajo.

Responsabilidad Civil de Productos:

Cubre todos los reclamos que el asegurado tenga que pagar por Responsabilidad Civil Extracontractual como consecuencia de muerte, lesiones corporales o enfermedad de terceras personas y/o la pérdida o daño a la propiedad de las mismas por causa directa del uso o consumo, por tales terceros, de productos y/o mercaderías que sean fabricados, vendidos, reparados, acondicionados, modificados, manipulados, suministrados y distribuidos por el asegurado en la explotación normal de su negocio.

Responsabilidad Civil D&O:

Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus directores y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.

Responsabilidad Civil E&O:

Cubre los reclamos hechos en contra de la compañía o de sus ejecutivos y funcionarios en el ejercicio de sus funciones como tales.

Seguro de Robo y/o Asalto
Cubre la pérdida, destrucción o deterioro de los bienes asegurados como consecuencia directa de, e imputables exclusivamente a, robo o intento de robo, así como por asalto usando violencia o amenaza de violencia.

Seguro de Rotura de Maquinaria
Protege a las empresas, frente a las perdidas ocurridas a su maquinaria. Cubre los daños ocurridos en forma accidental e imprevista, que hagan necesaria una reparación o reposición. Se incluyen daños causados por defectos de construcción o montaje, errores de manejo, cortocircuito, rotura por fuerza centrífuga y explosión entre otros.

Seguro de Salud o Asistencia Médica
El seguro cubre el riesgo de enfermedad o accidente del asegurado, proporcionándole servicios médicos y quirúrgicos, farmacéuticos e internamiento en clínicas o centros médicos, dentro de las especialidades y con límites que figuren en la póliza.

Seguro de Transporte
Aquel por el que una entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercaderías sea marítimo, aéreo o terrestre. Estos daños pueden afectar al objeto transportador (seguro de casco) o a las propias mercaderías transportadas.

Seguro de Vida
Es aquel en que el asegurador paga una cantidad de dinero o capital previamente fijado en la póliza, dependiendo del fallecimiento o sobrevivencia del asegurado en una época determinada.

Seguro de Vida de Ley para Trabajadores D.L.688
Seguro obligatorio que cubre a los trabajadores con un capital indemnizable en caso de muerte natural o accidental, o invalidez total y permanente producido por accidente, de acuerdo con los límites y condiciones que fija la ley, y por cuenta del empleador. En caso de cese del trabajador, éste tiene el derecho de mantener el seguro en vigor, asumiendo el costo de la prima correspondiente.

Seguro Domiciliario
Seguro diseñado para Cubrir el contenido de la casa-habitación contra pérdidas o daños de los objetos asegurados, a consecuencia de: Robo con fractura y/o asalto - Robo de trabajadores del hogar - Incendio, rayo y explosión - Huracán, ventarrón, tempestad y granizo - Derrame de agua - Caída de aeronaves, artefactos aéreos y objetos que caen de ellos - Impacto de vehículos o ganado - Rotura de vidrios por Terremoto y Terrorismo.

Cubre también: Gastos de curación, por accidentes del trabajador del hogar al servicio del asegurado.

Responsabilidad civil del asegurado y sus familiares y otras personas que residan en el domicilio

Seguro Escolar
Se conoce con el nombre de seguro escolar a aquel que es ofrecido a los padres de familia en los centros educativos con el objeto de proteger a los alumnos contra el riesgo de accidentes y/o asegurar el pago de las pensiones estudiantiles en caso de fallecimiento del padre o apoderado.

Seguro Obligatorio de accidentes de tránsito - SOAT
Todos los vehículos automotores que transiten en el territorio peruano, deberá contratarlo, para amparar los gastos médicos necesarios para atender las lesiones que se causen a las personas en accidentes de tránsito ya sean peatones, pasajeros o conductores.

Seguro Prorrogado
Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas del seguro por un número menor de años, sin variar el capital asegurado.

Seguro Saldado
Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en utilizar el importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante, según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, para el pago de primas y convertir el seguro en otro saldado o íntegramente pagado, pero por un capital reducido.

Seguro Todo Riesgo de Contratista (CAR)
Ampara la obra en construcción, los materiales a emplear almacenados en la obra, la maquinaria y equipo de construcción contra Todo Riesgo Accidental y Responsabilidad Civil.

Seguro Todo Riesgo de Montaje (EAR)
Seguro de similares características al de Todo Riesgo Contratistas (CAR), aplicable a instalaciones o plantas industriales en su fase de instalación o montaje.

Seguro Todo Riesgo Equipo Contratista (TREC)
Para cubrir sólo la maquinaria y equipo de contratistas. Puede amparar los mismos riesgos del seguro de Todo Riesgo Contratistas (CAR).

Seguros Generales
Aquellos que se refieren a los riesgos de pérdida o deterioro que sufren las cosas o el patrimonio de una persona. Ejemplo: Seguro de Incendio o Seguro de automóviles.

Seguros Obligatorios
Son aquellos que son impuestos por el Estado.

Siniestralidad
En sentido amplio corresponde a la valoración conjunta de los siniestros producidos (pendientes y liquidados) con cargo a una entidad aseguradora. En sentido estricto, equivale a la proporción entre el importe total de los siniestros y las primas recaudadas por una entidad aseguradora.

Siniestro
Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera al asegurador la obligación de indemnizar, o el evento dañoso que produce los daños garantizados en la póliza hasta el límite del monto asegurado contratado.

Sobreprima o Extraprima
Recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados, por ejemplo por actividades peligrosas o deportes riesgosos.

Sobreseguro
Aquel en que la cantidad asegurada excede del valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. En este caso la aseguradora indemnizará hasta el valor comercial, salvo exprese lo contrario en las condiciones de la póliza.

Solicitud de Seguro
Es el instrumento donde se especifica al asegurador la naturaleza del riesgo, sus características, el importe que se desea asegurar, etc. A través de éste, el asegurador aceptará o rechazará el riesgo tras el estudio de dicha propuesta.

Subrogación
Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al asegurador hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador.

Suma Asegurada
Se llama así al máximo monto asignado u capital asignado, pagadero en caso de siniestro. Es un valor previamente estipulado en las condiciones de la pól
iza.

   
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