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Hipoteca
Derecho real que grava bienes inmuebles. El asegurador notificado de la existencia de la hipoteca o prenda no pagará la indemnización sin previa noticia al acreedor. De no existir acuerdo entre acreedor y asegurado sobre el monto de cada uno, el asegurador consignará judicialmente el importe.
Hurto
Apropiación de una cosa ajena, con ánimo de lucro, sin emplear fuerza en la cosas, ni intimidación o violencia en las personas. El hurto no está cubierto en las pólizas de robo y/o asalto.
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